La disciplina rechaza la protesta del Ittihad sobre la participación de Al-Hamdan contra Al-Nassr
La Comisión de Disciplina y Ética de la Federación de Fútbol de Arabia Saudita emitió su decisión sobre la protesta presentada por el Ittihad de Jeddah respecto a la participación de Abdullah Al-Hamdan, delantero del Al-Nassr, en el enfrentamiento entre ambos equipos en la jornada 21 de la Liga Saudí Roshen.
El partido, que se celebró el viernes 6 de febrero, fue el debut de Abdullah Al-Hamdan con la camiseta del Al-Nassr, donde participó como suplente en el encuentro que terminó con la victoria del equipo por dos goles a cero, lo que llevó al Al-Ittihad a presentar una protesta oficial alegando la irregularidad de su participación.
Hamdan se unió a las filas del Al-Nassr durante el pasado mercado de invierno, después de rescindir su contrato con el Al-Hilal de manera unilateral solo seis días antes de que finalizara su contrato, lo que generó controversia sobre su elegibilidad para participar.
El Comité de Disciplina afirmó en su comunicado que contactó al club Al-Nassr y al Comité de Profesionalismo y Situación de los Jugadores, y que la protesta fue aceptada formalmente, pero rechazada en cuanto al fondo, señalando que la decisión puede ser apelada de acuerdo con el artículo 144 del reglamento.
El partido, que se celebró el viernes 6 de febrero, fue el debut de Abdullah Al-Hamdan con la camiseta del Al-Nassr, donde participó como suplente en el encuentro que terminó con la victoria del equipo por dos goles a cero, lo que llevó al Al-Ittihad a presentar una protesta oficial alegando la irregularidad de su participación.
Hamdan se unió a las filas del Al-Nassr durante el pasado mercado de invierno, después de rescindir su contrato con el Al-Hilal de manera unilateral solo seis días antes de que finalizara su contrato, lo que generó controversia sobre su elegibilidad para participar.
El Comité de Disciplina afirmó en su comunicado que contactó al club Al-Nassr y al Comité de Profesionalismo y Situación de los Jugadores, y que la protesta fue aceptada formalmente, pero rechazada en cuanto al fondo, señalando que la decisión puede ser apelada de acuerdo con el artículo 144 del reglamento.